| "Según ley", los gastos de otorgamiento de escrituras serán de cuenta del vendedor, y los de primera copia y los demás posteriores a la venta, serán de cuenta del comprador, salvo pacto en contrario.
En la práctica habitual, todos los gastos de notaría se asumen por la parte compradora.
Impuestos:
El comprador tendrá que pagar los siguientes impuestos:
Si se compra una Vivienda nueva:
es decir de primera entrega, se pagará el impuesto sobre el valor añadido (IVA): que es un 7%, excepto en las viviendas calificadas de protección oficial que es un 4% y un 16% para locales y garajes.
se debe de pagar también el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): 0,5 %
Si se compra un Vivienda de segunda Mano:
se pagará el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) que es un 6%, excepto en las comunidades autónomas de aragón, baleares, cataluña, galicia, madrid, murcia y valencia que es de un 7%.
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos (plus valía municipal): lo paga el vendedor excepto pacto en contrario.
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